Con la presencia de condiciones de franquicia en el acuerdo, la franquicia de seguros de propiedad se convierte en una forma muy común de seguro y el número de tales acuerdos está creciendo incontrolablemente. El atractivo del seguro de propiedad con una franquicia es obvio y mutuamente beneficioso para ambas partes del firmante del acuerdo. La posibilidad de no cubrir parte del daño causado, en términos dinerarios, que no se devuelve al beneficiario y no es abonado por el asegurador, en caso de hecho asegurado - la denominada franquicia, cuando se aseguran bienes muebles e inmuebles , tiene sus aspectos positivos. Para el asegurado, la presencia en el contrato de un deducible condicional estipulado, en un monto fijo o en un porcentaje proporcional al monto del seguro o por el porcentaje del decomiso, permite ahorrar dinero al momento de emitir una póliza. El beneficiario tiene la oportunidad de no rescindir prematuramente la relación contractual sobre la póliza de seguro, de preservar la integridad del pago del seguro y de recibirlo cuando se produzcan daños más importantes a los valores materiales. Con pérdidas insignificantes, por poco dinero, está dispuesto a cubrir de forma independiente y voluntaria sus pérdidas, sin requerir una compensación monetaria de la empresa.
El reflejo en el contrato actuarial, el porcentaje de la franquicia, brinda la oportunidad de estar en números negros para ambas partes de la relación contractual. En presencia de propiedades insignificantes y pérdidas monetarias, en forma de daños menores, rasguños, grietas, pérdidas por agua de los sistemas de calefacción o un avance del sistema de alcantarillado, es más fácil para el asegurado eliminar los problemas menores él mismo, reparaciones menores. de la propiedad, que involucrarse y dedicarse al 'papeleo', llenando el 'montón' de documentos al momento de registrar la compensación monetaria. Además, el propio trámite del papeleo puede conllevar costes indirectos, mucho más que la cantidad de daño incurrido, más el tiempo, el esfuerzo y los "nervios" que no valen la pena. Para expresar la efectividad de la franquicia para el asegurador y el asegurado, la cantidad de lo confirmable debe exceder el monto del decomiso mínimo posible y satisfacer a ambas partes contratantes. Por tipos, además del deducible condicional, la propiedad actuarial, se aplican otras opciones: incondicional, temporal, dinámica, cuya base son las condiciones de pago. Si en un contrato de seguro de propiedad con un condicional confirmable, el porcentaje de daño y el indicador total máximo, que se prescribe en el contrato, es de primordial importancia.
Cuando se refleja en un contrato de seguro, un deducible incondicional, significa una situación creada cuando el monto del daño a la propiedad no está sujeto a compensación por parte de la aseguradora y se deduce en el cálculo si la pérdida no excede el monto del deducible, por lo que no se reembolsará al asegurado. Reflejo en un contrato de seguro de propiedad: un temporal confirmable, significa una situación en la que las posibles pérdidas materiales del asegurado son válidas en un cierto intervalo en las fechas del plazo especificado del deducible. Si con un deducible temporal, la fecha de vencimiento del evento asegurado ha expirado, entonces la compensación del seguro no es válida y no se paga. El monto del seguro de propiedad con deducible dinámico depende de ciertas condiciones y puede variar. El monto del daño que no está sujeto a indemnización varía y se manifiesta en diferentes compañías de seguros de diferentes formas, por ejemplo, en el primer evento asegurado se compensa al cien por ciento, luego se reduce el monto a pagar en un 20% o más. La rentabilidad del seguro de propiedad con franquicia tiene un mérito inequívoco e incondicional, diseñado para garantizar la protección garantizada de la seguridad de la propiedad de las personas físicas y jurídicas, por una determinada tarifa. El uso de un mecanismo de franquicia de seguros brinda la oportunidad de reducir los costos del asegurado y ahorrarle dinero al beneficiario al reembolsar pérdidas materiales.